Despuésdel primer año de contrato, el propietario puede finalizar el alquiler si ha manifestado su voluntad de ocupar la vivienda alquilada antes del transcurso de cinco años para destinarla a residencia permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de
Repasamosalgunas de las medidas que se introdujeron en la LAU 2019 y que siguen vigentes en 2022. La nueva ley amplia de 3 a 5 años la duración mínima obligatoria de los contratos de arrendamiento de vivienda. Es decir, vuelve al régimen existente previa a la reforma del 2013. Si el arrendador es una persona jurídica el periodo mínimo de Elcontrato de alquiler debe contener expresamente esta posibilidad. Tiene que haber transcurrido al menos un año completo de duración del contrato, La propiedad se destinará a ser vivienda permanente del propio arrendador, o de alguno de sus familiares en primer grado de consanguinidad o adopción, o de su cónyuge en los Elcontrato de alquiler es un documento fundamental tanto para arrendadores como para arrendatarios.Por un lado, certifica que existe una relación contractual entre ambas partes por las que se alquila una vivienda. Y, por otro, es imprescindible para definir los términos y condiciones del acuerdo y garantizar que todo Ahorabien, cuando se trata de alquilar una vivienda a un familiar, la Ley del IRPF nos impone unas limitaciones que no nos hace con un tercero. En concreto, si 2YblYM.